Entre las medidas establecidas en el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-Cov-2, estado de alarma que se prorroga hasta las 00:00 horas del día 9 de mayo de 2021 por el Real Decreto 956/2020, de 3 de noviembre, destacan algunas dirigidas a evitar la agrupación de personas sin relación de convivencia y mantener el distanciamiento entre ellas, el cierre total o parcial de actividades no consideradas esenciales, así como reducir la movilidad de las poblaciones, ya que esta favorece de forma importante la circulación del virus SARS-CoV-2 entre los distintos territorios.
Esta situación excepcional requiere que también en el ámbito de la Administración Tributaria Local se lleve a cabo una respuesta proporcionada y ágil, mediante la adopción de determinadas medidas urgentes con la finalidad de evitar mayores perjuicios al interés general.
Se podrá realizar el pago de sus recibos en las Oficinas del Organismo solicitando CITA PREVIA (teléfonos 953 248 082 y 902 079 907)
Más información sobre "Medios de Pago"