PFEA 2025 2026

Con fecha 29 de mayode 2025, mediante Resolución del Sr. Presidente núm. 305, se ha efectuado la convocatoria del PFEA 2025.

El plazo para la presentación del Anexo I, que tiene la condición de solicitud, será hasta el 15de julio de 2025, en cualesquiera de los lugares previstos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, debiéndose aportar copia de la memoria de los servicios o de los proyectos técnicos de obra presentados en el SEPE, en formato electrónico e incorporando firma electrónica del redactor.

 Al igual que en el ejercicio anterior, los Ayuntamientos que han demandado ayuda al SEPE solicitarán la subvención para materiales a la Diputación Provincial por la cuantía máxima, esto es, el 45% de la asignación del SEPE, indicando el proyecto de obra y/o servicio al que se destinará la ayuda. Será en la resolución de concesión en la que se determine de forma concreta el municipio, el proyecto, la subvención del SEPE, el importe de materiales, el importe de mano de obra y la subvención para costes materiales. La concesión de ayudas o subvenciones por la Diputación a los municipios que resulten beneficiarios por el SEPE quedará supeditada a la firma del Convenio entre la Diputación y la Junta de Andalucía y a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la concesión de ayudas con cargo al Programa.
 
Asimismo, se incide en la necesidad de que las obras y los servicios vayan en memorias diferenciadas, ya que el importe de subvención difiere de la tipología de la actuación, puesto que para servicios el importe de subvención será, como máximo, hasta el 10% de la asignación del SEPE, y para obras, hasta el 45%.
 

Por otra parte, se les recuerda que deben colocar, en lugar visible, un cartel en el que consten expresamente las entidades que cooperan en la financiación de la misma, desde el inicio hasta la finalización de la obra. La dimensión del cartel estará en función de la importancia de la actuación, su ubicación y distancia de visualización. En cuanto los logotipos, deben figurar los modelos actualizados.  Será objeto de especial comprobación el cartel de obra que se ha instalado para verificar que se están cumpliendo con las obligaciones de difusión y publicidad.

 

Normativa:

Normativa.

 
 
 
 
 

Modelos Autorrellenables:


Volver al inicio de la web
Acceso a páginas webs de productos de la Diputación de Jaén