Plan Especial de Cooperación para zonas afectadas por los fenómenos meteorológicos adversos en la Provincia

  Plan Especial de Cooperación para la recuperación de las zonas afectadas por los fenómenos meteorológicos adversos acaecidos en la Provincia de Jaén

Mediante Resolución del Sr. Presidiente de la Diputación Provincial de Jaén núm. 136, de 20 de abril de 2026, se ha aprobado el Plan Especial de Cooperación para la recuperación de las zonas afectadas por los fenómenos meteorológicos adversos acaecidos en la provincia de Jaén. Dicho Plan tiene por objeto articular y formalizar un plan especial de apoyo a los municipios para participar, en unión a los ayuntamientos, en la recuperación de las zonas que han sido afectadas como consecuencia de los fenómenos meteorológicos adversos padecidos desde el 10 de noviembre de 2025 a febrero de 2026, que han ocasionado perjuicios relevantes en las personas, bienes, infraestructuras y servicios esenciales, alterando la normalidad en los municipios.

 El plazo de ejecución de las actuaciones será desde el 10/11/2025 hasta el 31/12/2027.

El pago de las aportaciones económicas aprobadas con el plan se realizará con carácter anticipado a la acreditación de la ejecución de las actuaciones que se puedan incluir y se efectuará con la aprobación del mismo.

Los ayuntamientos beneficiarios deberán dar cuenta al Pleno, mediante su incorporación al orden del día en un asunto específico, de la ayuda que perciben de la Diputación Provincial para complementar la financiación de las obras de reparación o restitución de los daños sufridos en los servicios, equipamientos o infraestructuras municipales.

El cumplimiento de esta obligación de información deberá justificarse mediante la aportación de un certificado del Secretario/a del ayuntamiento acreditativo de haber dado cuenta al Pleno sobre la aportación económica que este plan aprueba, no debiendo demorarse su presentación más allá del 31 de julio de 2026

Además de la obligación de dar cuenta al Pleno, los ayuntamientos beneficiarios de este plan deberán publicar en su página web una reseña informativa sobre el importe de la asignación recibida de la Diputación Provincial, especificando la resolución de la Diputación aprobando el plan y la cuantía de la ayuda, debiendo estar expuesta esta información durante un plazo de un mes.

No se exigirá la instalación de cartel de las obras a acometer.

Los ayuntamientos deberán de justificar la ejecución de las obras antes del 1 de abril de 2028.

 

Documentación de interés

Resolución por la que se aprueba el Plan

Documentación Justificativa

 

 

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