Programa de Respiro Familiar de la Diputación Provincial de Jaén


La evolución de la estructura familiar ha puesto de manifiesto la sobrecarga de las familias, y dentro de éstas, de las mujeres, para atender a los miembros que precisan cuidados especiales por razones de edad o de discapacidad. Un tiempo de atención que no siempre es fácil de compatibilizar con la consecución legítima de las aspiraciones laborales y personales de los cuidadores, pudiendo originar desigualdades de éstos respecto al resto de la ciudadanía.

El Programa de Respiro Familiar, regulado por la Orden de 6 de mayo de 2002 de la Consejería de Asuntos Sociales (BOJA número 55, de 11-05-2002), está destinado a personas mayores de 65 años que se encuentran en situación de dependencia, a las que se ofrece un conjunto de actuaciones dirigidas a ofrecer una atención integral mediante la prestación de servicios de carácter residencial en periodos que oscilan entre 24 horas y un mes, con carácter prorrogable.

La Comisión Técnica de Evaluación y Valoración de la Residencia de personas mayores asistidas “Santa Teresa” de la Diputación Provincial de Jaén se crea en 2007 al objeto de poder atender las solicitudes que presenten los/as interesados/as para participar en el Programa de Respiro Familiar.


Requisitos para acceder al programa

a) Ser titular de la tarjeta Andalucía sesentaycinco.
b) No padecer enfermedad que precise atención imprescindible y continuada en Centro Hospitalario.
c) No haber sido sancionado con expulsión definitiva de un centro similar.

Prestaciones

El Programa Respiro Familiar incluirá alojamiento y manutención completa en la Residencia de personas mayores asistidas “Santa Teresa” de la Diputación Provincial de Jaén situada en la Ctra. de Torrequebradilla de la capital.

Coste del Programa

Las aportaciones de los usuarios serán en la forma y cantidad que regula la “Ordenanza Reguladora de la tasa por Asistencias y Estancias en Residencias de Ancianos y Centros de discapacitados de la Diputación Provincial de Jaén”(Boletín Oficial de la Provincia núm. 291, de 21-12-2005).

Solicitudes y documentación

La solicitud se cumplimenta en el modelo preparado al efecto y que se encuentra disponible en el Registro General de la Diputación Provincial de Jaén, en la Residencia de personas mayores “Santa Teresa” y en la página web dipujaen.es.

Plazo y Lugar de Presentación

Las solicitudes se pueden presentar en cualquier momento en el Registro General de la Diputación Provincial de Jaén, Plaza San Francisco núm. 2 de Jaén (C.P. 23071), sin perjuicio de lo señalado en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común a partir de la fecha de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.

La Comisión Técnica de Evaluación y Valoración, presidida por el/la Director/a de Centros Asistenciales de la Diputación de Jaén, estará compuesta además por el/la trabajador/a social, el/la médico/a, el/la psicólogo/a y el coordinador/a de enfermería de la Residencia “Santa Teresa”.

Las funciones de la Comisión serán

a) Comprobar si las solicitudes cumplen con los requisitos exigidos, pudiendo requerir a los interesados para que subsanen las faltas u omisiones existentes en las mismas.
b) Asignar a las solicitudes una puntuación en aplicación de unos criterios básicos como son la fecha de entrada de la solicitud y la urgencia que suponga la utilización del servicio, en el caso de que las solicitudes superasen el número de plazas disponibles para el programa en ese momento.
c) Ejecutar la adjudicación de las plazas de Respiro Familiar.

Procedimiento de Valoración

La Comisión Técnica de Evaluación y Valoración se reunirá periódicamente para examinar las solicitudes presentadas hasta ese momento al objeto de su valoración levantando acta en la que expresará las fechas asignadas a cada solicitud, así como las solicitudes rechazadas con sucinta indicación del motivo.

La Comisión elaborará una lista provisional de admitidos en el Programa de Respiro Familiar que constituirá el instrumento de ordenación de las solicitudes de ingreso en el Programa. La ordenación se realizará de manera decreciente con respecto a la puntuación asignada tras la aplicación de los criterios expresados.

En caso de empate entre varias solicitudes, tendrán prioridad, por este Orden, el/la solicitante que ostente mayor grado de dependencia, el/la de mayor edad y el/a más antiguo.

La lista provisional de admitidos del Programa tendrá criterios de ordenación sujetos a la disponibilidad de las plazas para el periodo de tiempo que se solicita, se resolverá con propuestas alternativas a la petición y permitirá que el centro gestione la incorporación continua de los solicitantes por orden de prioridad.

Exclusión de las listas

Las solicitudes serán excluidas cuando concurran alguna de las siguientes circunstancias:

a) Fallecimiento del solicitante.
b) Desistimiento.
c) Renuncia.
d) Falsedad de datos.
 

Descargar Solicitud

Solicitud respiro familiar

© Diputación Provincial de Jaén. Plaza de San Francisco, 2. 23071 Jaén. Tel: 953 248 000

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 ORDEN 9 de mayo de 2006.